domingo, 2 de octubre de 2011

OIT: Justicia social para una globalización equitativa

Fotografía Valentin Vadillo Santaolalla
La Organización Internacional del Trabajo adoptó por unanimidad la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa el 10 de junio de 2008. Esta es la tercera declaración de principios y políticas de gran alcance adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo desde la Constitución de la OIT en 1919. Es heredera de la Declaración de Filadelfi a, de 1944, y de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, de 1998, la Declaración de 2008 expresa la visión contemporánea del mandato de la OIT en la era de la globalización.

Esta Declaración es una decidida reafirmación de los valores de la OIT. Es el resultado de consultas tripartitas que se iniciaron tras el lanzamiento del Informe de la Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización. Con la adopción de este texto los representantes de los gobiernos y de las organizaciones de empleadores y de trabajadores de 182 Estados Miembros subrayaron la contribución clave de nuestra Organización tripartita al progreso y la justicia social en el contexto de la globalización. Se comprometieron a unir sus esfuerzos para reforzar la capacidad de la OIT en el avance hacia dichas metas a través de la Agenda de Trabajo Decente. La Declaración institucionaliza el concepto de Trabajo Decente desarrollado por la OIT desde 1999, y lo sitúa en el centro de las políticas de la Organización para alcanzar sus objetivos constitucionales.

domingo, 25 de septiembre de 2011

Ley para las Personas con Discapacidad: Implicaciones para el Empleador (Parte I)

El 05 de enero del año 2007 la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela publicó en Gaceta Oficial N° 38.598 La Ley para las Personas con Discapacidad, instrumento que tiene como objetivo regular los medios y mecanismos que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, el disfrute de los derechos humanos y la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanas y ciudadanos plenos de derechos y deberes.

En cuanto a los principios que rigen la presente Ley se encuentran:
  • Humanismo social
  • Protagonismo
  • Igualdad
  • Cooperación
  • Equidad
  • Solidaridad
  • Integración
  • No segregación
  • No discriminación
  • Participación
  • Corresponsabilidad
  • Respeto a la diferencia y aceptación a la diversidad humana
  • Respeto a las capacidades en evolución de los niños y niñas con discapacidad
  • Accesibilidad
  • Equiparación de oportunidades
  • Respeto a la dignidad personal
  • Otros establecidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y tratados, pactos, convenios, convenciones, acuerdos, declaracones y compromisos internacionales e intergubernamentales suscritos y ratificados por la República.
Todos estos principios justifican la comprensión de la Ley como un instrumento que pretende promover, impulsar y fortalecer la inclusión social de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades y condiciones, es por ello que todas y todos los actores sociales tenemos el compromiso de conocer nuestras responsabilidades en relación con el tema de la discapacidad y más aún con las personas con discapacidad.

Te invitamos a nuestra próxima entrega, donde estaremos estudiando la definición de discapacidad y de personas con discapacidad a la luz de la Ley.

domingo, 22 de mayo de 2011

Barreras Actitudinales

Gestionar la inclusión sociolaboral de personas con discapacidad,  representa un cambio de paradigmas donde las barreras actitudinales son un importante elemento a considerar al momento de comprometernos con la adecuación de entornos sociolaborales cada vez más accesibles.

Por ello, le presentamos una lista de actitudes que con frecuencia juegan el papel de barreras y que pueden presentarse en los empleadores, trabajadores y trabajadoras, personas con discapacidad, familia y hasta en la comunidad:
  • Sobrevalorar las barreras del entorno.
  • No creer en las competencias de las personas con discapacidad.
  • Pensar solo en las deficiencias de las personas con discapacidad.
  • Manifestar actitudes agresivas ante la necesidad de cambio.
  • Asumir una actitud neutral para no comprometerse con el cambio de paradigma.
  • Asumir una actitud intransigente en la toma de decisiones relacionadas con la inclusión.
  • Utilizar un lenguaje excluyente.
  • Desconocer o ignorar el ordenamiento jurídico que exige la inclusión sociolaboral de personas con discapacidad.
  • Asumir una actitud de sobreprotección o víctima. 

jueves, 17 de febrero de 2011

¿Por qué la gran prensa estereotipa a las personas con discapacidad?

Las personas con discapacidad, en muchos casos, han llegado a constituir el hazmerreír de muchas de las que se consideran personas "normales". Los estereotipos se imponen al momento de enfrentarse a una relación interpersonal, desde los cargos más altos del gobierno hasta la persona menos sobresalientes.

Se da el caso que en muchas de las comunidades donde se encuentra alguna persona con discapacidad, cualquiera que esta sea, los vecinos no conocen muchas veces sus nombres propios, sino que lo llaman por su discapacidad. Es así como saben dónde vive el mocho, el tuerto, el loco, el mongólico, el ciego, el sordo y así sucesivamente.

La persona no es su discapacidad. En Venezuela,  la Ley para las Personas con Discapacidad, publicada en Gaceta Oficial  el 05 de enero del año 2007, especifica que antes que su discapacidad, las personas con discapacidad son CIUDADADNOS Y CIUDADANAS, de pleno derecho y responsabilidades, a quienes debemos respetar, porque además de su condición de discapacidad, tienen que luchar día a día con la estigmatización social que impone el ambiente discapacitante que es precísamente aquel que no posee condición de discapacidad.
Comenzamos este artículo con una pregunta: ¿Por qué la gran prensa estereotipa a las personas con discapacidad?  La respuesta es sencilla: Primero por desconocimiento de la persona humana a quien estigmatizan. Segundo, porque responden a un paradigma generalizado por la transmisión de la cultura, el cual hay que romper y reeducar a la gran prensa respecto al tratamiento que las personas con discapacidad merecen.

Este tema vino a colación debido a que la página digital de la BBC de Londres en español, bbcmundo.com en su portal titula una noticia: "Una comunidad de enanos en Ecuador podría tener la clave contra el cáncer". Internamente la noticia la titularon correctamente: "Una comunidad ecuatoriana podría tener la clave contra el cáncer".

Pude leer la misma información en un portal ruso Ria Novosti, también en español sp.rian.ru que titulaban la misma noticia así: "Científicos confirman que el enanismo en personas las protege de enfermedades graves". La manera propia de enfocar la noticia es referirse a personas de talla baja o personas de talla alta, según sea el caso.

Para informar no hay porqué ofender. Si como periodista o comunicador no se conoce o maneja el tema, existen organizaciones completamente dispuestas a  proporcionar  la información sobre la discapacidad y sobre las personas que padezcan estas condiciones.